Impuesto de no residencia - M210 - 2021

Impuesto de no residencia - M210 - 2021

EL IMPUESTO ANUAL DE NO RESIDENTES TAMBIÉN CONOCIDO COMO EL CONOCIDO MODELO 210

Si usted es no residente en españa y tiene un inmueble (-men), debe presentar la declaración del impuesto de no residentes(modelo 210). Esta declaración debe hacerse una vez por año natural y se calcula sobre el año natural anterior. La declaración debe presentarse y pagarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

Dependiendo del valor de la propiedad (calculado sobre el valor catastral), tendrá que pagar el impuesto correspondiente, el impuesto anual de no residentes. NO es el IBI o SUMA, el IBI o SUMA es un impuesto catastral que también se paga anualmente y recae sobre la propiedad. El impuesto de no residentes es un impuesto que afecta al propietario o propietarios del inmueble.

Cada propietario tiene que hacerlo en función de su porcentaje de participación. Por ejemplo, un matrimonio suele ser propietario del 50%-50%, por lo que debe hacer dos declaraciones. Por ejemplo, si son 4 propietarios (padres y 2 hijos propietarios de una parte cada uno) entonces 4 tendrán que hacer una declaración según la proporción de su propiedad en el conjunto.

Podemos encargarnos de ello por usted. Si lo desea, lea las instrucciones que figuran a continuación.

¿Qué necesitamos?

Documentos:

  • Copia del NIE y PASAPORTE / D.N.I. de TODOS los propietarios  
  • Copia de la escritura de propiedad (-men) (esto se llama la escritura)
  • Su dirección permanente (fuera de España)
  • La(s) última(s) nota(s) SUMA
  • Cuenta bancaria española / Cuenta extranjera con IBAN y BIC

Para aquellos que ya han hecho una reclamación a través de nosotros enviar SOLO el último billete (s) SUMA. Si ha cambiado algún detalle en su situación, por favor háganoslo saber.

Plazo: plazo en el que le enviaremos su expediente:

  • El 30 de noviembre cerramos los expedientes
  • El 15 de diciembre presentamos los expedientes definitivos

IMPORTANTE

Si tiene el pago realizado por orden automática a través de su cuenta bancaria (sólo posible a través de una cuenta española), prevea provisión suficiente en su cuenta para que el pago automático que se produce a final de año pueda realizarse correctamente. Si ya no dispone de una cuenta española, le pediremos que transfiera el importe adeudado a la cuenta de nuestra empresa para que podamos liquidarlo.

Si desea que nos encarguemos de esta tarea por usted, vaya al formulario de contacto para enviar su solicitud:

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