¿Estuviste atrapado en España durante el bloqueo?

¿Estuviste atrapado en España durante el bloqueo?

¿Se quedó atrapado en España durante el bloqueo? Entonces evite también pagar impuestos en España.

El 14/03/2020, por decisión unánime de las 50 provincias, España entró en bloqueo. Si, debido a estas restricciones, ha permanecido en España más de 183 días, aunque no sea su país de residencia, España le cuenta como residente fiscal. Así que las autoridades fiscales españolas no tienen en cuenta que el bloqueo afecta a su residencia y se remiten al artículo 9 de la Ley de IRPF.

En España, la residencia fiscal se determina en función de criterios como los periodos impositivos y el año natural, generalmente:

  • Toda persona que resida en territorio español más de 183 días durante el año natural, sean consecutivos o intermitentes.
  • España es la principal fuente de actividad o interés económico, directa o indirectamente.
  • Cuando la persona en cuestión no reside en España, pero sí la ex pareja de la que no está separado legalmente y los hijos menores de edad.

Si se encuentra en una (o más) de estas situaciones, España puede considerarle responsable del impuesto sobre la renta y tributará en España por su renta mundial. España le considerará entonces tanto residente fiscal (sujeto a la obligación tributaria española) como residente legal (sujeto a la legislación española). En caso de que se le notifique esta obligación fiscal, asegúrese de que puede demostrar que está sujeto a impuestos en otro país.

Se han planteado dudas sobre la interpretación de la aplicación de esta ley, y España parece ir de nuevo por libre. La OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) había hecho recomendaciones a sus miembros sobre esta cuestión, que países como Estados Unidos, Reino Unido, Irlanda y Australia han adoptado. Varios países respetarán la recomendación, pero en España no se distingue si el periodo de residencia ha sido voluntario o involuntario.

Nuestro objetivo en Segurantis es"estar al tanto " de estas obligaciones fiscales y mantener a nuestros clientes informados de lo que ocurre en el panorama fiscal español.

Fuente:

https://www.europapress.es/economia/fiscal-00347/noticia-hacienda-obliga-extranjeros-atrapados-espana-mas-183-dias-confinamiento-tributar-aqui-20200925113920.html

Estamos aquí para ayudarle

En Segurantis trabajamos en estrecha colaboración con las autoridades locales y el Estado belga/holandés. De esta manera, intentamos asistirle lo mejor posible en caso de dudas y ayudarle en lo que podamos. Si desea que gestionemos su expediente fiscal en España, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

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