Impuesto de no residencia - M210 - 2021

EL IMPUESTO ANUAL DE NO RESIDENTES TAMBIÉN CONOCIDO COMO EL CONOCIDO MODELO 210
Si usted es no residente en españa y tiene un inmueble (-men), debe presentar la declaración del impuesto de no residentes(modelo 210). Esta declaración debe hacerse una vez por año natural y se calcula sobre el año natural anterior. La declaración debe presentarse y pagarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
Dependiendo del valor de la propiedad (calculado sobre el valor catastral), tendrá que pagar el impuesto correspondiente, el impuesto anual de no residentes. NO es el IBI o SUMA, el IBI o SUMA es un impuesto catastral que también se paga anualmente y recae sobre la propiedad. El impuesto de no residentes es un impuesto que afecta al propietario o propietarios del inmueble.
Cada propietario tiene que hacerlo en función de su porcentaje de participación. Por ejemplo, un matrimonio suele ser propietario del 50%-50%, por lo que debe hacer dos declaraciones. Por ejemplo, si son 4 propietarios (padres y 2 hijos propietarios de una parte cada uno) entonces 4 tendrán que hacer una declaración según la proporción de su propiedad en el conjunto.
Podemos encargarnos de ello por usted. Si lo desea, lea las instrucciones que figuran a continuación.
¿Qué necesitamos?
Documentos:
- Copia del NIE y PASAPORTE / D.N.I. de TODOS los propietarios
- Copia de la escritura de propiedad (-men) (esto se llama la escritura)
- Su dirección permanente (fuera de España)
- La(s) última(s) nota(s) SUMA
- Cuenta bancaria española / Cuenta extranjera con IBAN y BIC
Para aquellos que ya han hecho una reclamación a través de nosotros enviar SOLO el último billete (s) SUMA. Si ha cambiado algún detalle en su situación, por favor háganoslo saber.
Plazo: plazo en el que le enviaremos su expediente:
- El 30 de noviembre cerramos los expedientes
- El 15 de diciembre presentamos los expedientes definitivos
IMPORTANTE
Si tiene el pago realizado por orden automática a través de su cuenta bancaria (sólo posible a través de una cuenta española), prevea provisión suficiente en su cuenta para que el pago automático que se produce a final de año pueda realizarse correctamente. Si ya no dispone de una cuenta española, le pediremos que transfiera el importe adeudado a la cuenta de nuestra empresa para que podamos liquidarlo.
Si desea que nos encarguemos de esta tarea por usted, vaya al formulario de contacto para enviar su solicitud:
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